*ATENCIÓN: Esto es un TOCHO-POST, aunque creo que vale la pena leerlo. Hay apartados para no tener que leerlo del tirón
![emoticon lengua](https://www.gsmspain.com/foros/images/smilies/tongue.gif)
Hola, buenas. He estado haciendo una portabilidad desde Jazztel hacia ONO estos días (concretamente 15 días...) y voy a documentar un poco cómo es el proceso, básicamente por dos motivos: porque veo que hay poca información en los foros y porque me he dado cuenta de que las compañías (en este caso ONO) intentan jugar con el desconocimiento de la gente y se aprovechan de eso para hacer las cosas como ellos quieren y no como quieren los usuarios.
En primer lugar voy a tratar el tema del proceso de portabilidad en sí y después hablaré de otros aspectos relacionados como pueden ser trámites administrativos. La idea es que entre todos aportemos toda la información que tengamos para aclarar al máximo todo el proceso.
1. SOBRE EL PROCESO DE PORTABILIDAD EN SÍ
Todo esto se refiere a portabilidades hechas a través de teléfono o Internet (a distancia), no en tienda física. Voy a explicar cómo he entendido que hacen el proceso de portabilidad (si estoy equivocado en algo, me lo decís) para que, por ejemplo, podamos hacer amagos de portabilidad sin que intenten cobrarnos nada o, simplemente, para saber, en todo momento, en qué punto del proceso de portabilidad nos encontramos.
Lo primero que me gustaría aclarar es sobre la parte ética de hacer amagos de portabilidad. A los usuarios con intención de hacer un amago de portabilidad no se les debería echar nada en cara por varias razones:
- Los amagos de portabilidad no existirían si, previamente, las compañías de telecomunicaciones no hubieran adoptado la estrategia comercial de realizar contraofertas a los usuarios que solicitan una baja por portabilidad hacia otra compañía. Además, es importante señalar que las compañías no están obligadas a hacer esas contraofertas; es decir, no hay ninguna ley que obligue a las compañías a hacerlas.
- Las compañías premian con mejores ofertas a los nuevos clientes que a los clientes fieles que llevan años cumpliendo con su contrato. Es decir, no sólo no se recompensa a los antiguos clientes sino que los nuevos clientes consiguen precios más competitivos.
- Por ley, los usuarios tienen el derecho a interrumpir la portabilidad (Derecho de desistimiento de la solicitud) sin coste alguno.
Una vez aclarado eso, vamos al tema.
Al hacerlo por teléfono o Internet, las compañías están obligadas por ley a hacer una grabación en la que el usuario autoriza, expresamente, a que se haga la portabilidad (bueno, realmente esta grabación no la hace la compañía de telecom., sino una tercera empresa que no puede pertenecer a la compañía de telecom. para que no puedan hacer cosas raras). Esta grabación es lo que se llama "consentimiento verbal con verificación por tercero" y viene regulada por la Circular 1/2009, de 16 de abril de 2009 y que fue publicada en el BOE nº 111, de 07/MAYO/2009 (aquí puedes leer la circular).
En uno de los puntos de esa circular se dice que para que sea válida esa grabación, la compañía de telecom. debe de "remitir al abonado la confirmación documental del contrato telefónico acordado", y que esa documentación debe incluir, entre otras cosas, "información sobre el derecho de revocación por el abonado, indicando el procedimiento a seguir ([...]) y el plazo para ejercitarlo, de conformidad con la normativa vigente, sin incurrir en penalización ni gasto alguno por parte del abonado". Es decir, con esto queda claro que no puede costarle al usuario absolutamente nada, pero no queda claro cuál es el plazo, ya que queda ambiguo al decir el texto: "de conformidad con la normativa vigente".
Yo, para aclarar esta parte (la del plazo), lo que he hecho es buscar por Internet y he encontrado un texto de Ana I. Mendoza Losana, que es Profesora Doctorada en Derecho Civil en la Universidad de Castilla-La Mancha, en el que se trata este tema. El texto se llama "Portabilidad: precios, fianzas y revocación", es de marzo de 2011 y lo podéis encontrar en Debes estar logueado para poder ver los enlaces..
Recomiendo leer todo el texto, aunque la parte que más nos interesa empieza en el punto 4 del texto. La conclusión a la que se llega en el texto es que "el usuario podrá cancelar la solicitud de portabilidad sólo hasta un día y medio hábil antes de la ventana de cambio". La ventana de cambio es el momento en el que se hace efectiva la portabilidad, textualmente: "es el plazo de tiempo dentro de un día hábil determinado por la fecha, hora de inicio y su duración, dentro del cual los operadores harán efectivas las actuaciones en sus redes y actualizarán las bases de datos de números portados. Las ventanas de cambio podrán tener una duración de hasta cuatro horas [...]".
Con esto queda claro tanto el coste (no supone ningún gasto cancelar la portabilidad) como el plazo (se puede cancelar hasta 1 día y medio hábil antes de la ventana de cambio).
Si vamos a la página web de ONO, en el Debes estar logueado para poder ver los enlaces. vemos que aparece lo siguiente:
quote:Esta "cláusula" lo único que busca es disuadir a los usuarios de intentar amagos de portabilidad, ya que ONO sabe, por lo comentado arriba, que no puede aplicarla.
"En caso de portabilidad el alta se considerará efectiva una vez finalizado el proceso. Si usted no finaliza el mismo, deberá abonar la cantidad de 59€ (69,62€ con IVA) para compensar el apoyo recibido".
Además, por si habían dudas, el texto de Ana I. Mendoza lo deja claro: "El ejercicio del derecho de revocación no ha de implicar gasto alguno para el consumidor (art. 4º, c Circular 1/2009 y arts. 68.1 y 73 TR LGDCU)". "Cualquiera que sea el concepto (fianza, penalización, señal...), por el que el operador o el distribuidor autorizado pretendan cobrar al usuario por ejercer su derecho a cancelar la solicitud de portabilidad será considerado abusivo (art. 87.6 TR LGDCU)".
¿Qué es lo que hace ONO para poder cobrarle a un usuario que utiliza a la compañía para hacer un amago (y qué hace para cobrarle el máximo a un usuario que pretende completar la portabilidad)?
En estos 15 días me he fijado que ONO trata a sus clientes como si no se dieran cuenta de las cosas. Se aprovechan de ese desconocimiento para actuar con mala fe. Cuando llegues al final de este texto entenderás a lo que me refiero.
Para poder cobrar al usuario ante un amago de portabilidad, ONO lo que hace es enviar a un técnico a tu casa lo antes posible una vez ya has hecho la famosa grabación en la que confirmas la portabilidad. Concretamente, en mi caso, en menos de 24 horas desde la grabación, ya tenía al técnico en mi casa (uno de los fallos que hubiera cometido si hubiera estado interesado en hacer un amago). Este técnico, realmente, lo que hace es activar el servicio de Internet (y el de Televisión si lo habías solicitado) y (y aquí está la trampa) te asigna una especie de "línea provisional" para el servicio de Teléfono cuya numeración no tiene nada que ver con la numeración que tú quieres portar, es decir, es un número de teléfono totalmente diferente.
En este momento (bueno, en el momento en el que el técnico se lleva la hoja firmada por ti en la que confirmas que el técnico ha hecho lo que pone en esa hoja, es decir, que te ha activado el servicio de Internet, Televisión y Teléfono, entre otras cosas; Debes estar logueado para poder ver los enlaces.), ERES CLIENTE DE ONO A TODOS LOS EFECTOS, y ese día es el primero en el que empieza la facturación de los servicios (recordemos que la portabilidad aún no se ha hecho efectiva. De hecho, en mi caso, la portabilidad se ha hecho efectiva 14 días después).
Por si quedaban dudas sobre la no necesidad de que se desplace el técnico hasta el día en que se hace efectiva la portabilidad, hay un hecho que lo confirma: lo curioso de esa "línea provisional" es que no la puedes utilizar, ya que el propio técnico dice que no va a conectar tu terminal telefónico a esa línea para que no te quedes sin poder llamar desde tu número (el número que tú quieres portar y que no es el número de esa "línea provisional") y que pertenece a tu anterior compañía hasta que se haga efectiva la portabilidad. El día que se hace efectiva la portabilidad, se vuelve a desplazar otro técnico para conectar tu terminal a la línea telefónica de ONO que, ahora ya sí, tiene asignada tu numeración.
[Para dejarlo más claro, aunque no sé si lo voy a liar más: técnicamente, si el técnico conecta tu terminal telefónico a esa línea provisional, sí que puedes realizar llamadas y recibirlas, lo único es que estarías haciendo llamadas desde un número que no sabes ni cuál es y, lógicamente, no vas a recibir ninguna llamada, ya que ningún contacto tuyo sabe ese número. Bueno, hay una manera de saberlo: registrándote en el Área de Cliente en www.ono.es lo puedes ver, ya que, recordemos, eres cliente de ONO a todos los efectos y, por tanto, puedes registrarte como cliente.]
Lo que consigue ONO con esto son dos cosas: por un lado, a los usuarios que están interesados en completar la portabilidad hacia ONO, les cobra 15 días de más (es el período que suele durar el cambio desde que se hace la grabación hasta que se hace efectiva la portabilidad) que no conseguiría si enviara al técnico el día que se hace efectiva la portabilidad. Y por otro lado, a los usuarios que estaban interesados en hacer un amago, les puede cobrar por los días que han tenido servicio desde que el técnico lo activó hasta que aceptan la contraoferta de su actual compañía.
---CONTINÚA EN EL SIGUIENTE POST---